La Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela , la Ley Orgánica del Servicio de Policía y
del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana y Ley del Estatuto de la Función
Policial prohíben toda discriminación, en fecha 19 de noviembre de 2010 el Ministerio
del Poder Popular para Interior y Justicia aprobó la resolución Nº 286, publicada en la Gaceta Oficial Nº
39.556, que hace mención a las normas y garantías relativas a los derechos de
las mujeres, a la igualdad y equidad de género en los Cuerpos de Policía
Nacional Bolivariana, Policías Estatales y Municipales.
Algún tiempo ha
transcurrido ya desde la aprobación de la resolución Nº 286, sin que mucho se hable
o profundice en la misma e incluso me atrevería a decir que pese a los
esfuerzos de muchas y muchos, el camino para darle operatividad y plena vigencia
se hace todavía cuesta arriba.
Por ello, ante las
declaraciones del sr Freddy Bernal Presidente de la Comisión para
Transformación del Sistema Policial, queremos hacernos solidarios con todas
aquellas mujeres que a lo largo de la existencia de los cuerpos policiales, han
dado la lucha por el reconociendo de sus derechos y que en el ejercicio de la
función policial han procurado dar lo mejor de sí, para derribar las
innumerables barreras políticas y sociales con las que deben enfrentarse a
diario hecho de ser mujeres y que pueden verse afectadas por las mismas.
En cuanto a la personas
lesbianas, gais, bisexuales, trans e intersexuales (LGBTI) víctimas de abusos policial
en base a prejuicios por la real o aparente
orientación sexual, identidad y expresión de género, y que se niegan ajustarse
a los estereotipos sexuales socialmente impuestos por la norma heterosexual,
aspiramos que la desinformación que caracteriza a la mayoría de las y los funcionarios del Estado en los
temas relacionados a la sexualidad no sigan generando situaciones de vulneración de derechos.
El ejemplo de lucha y
constancia de las mujeres y personas LGBTI víctimas de violencia policial debe
ser tomado en cuenta por todos esos hombres y mujeres, funcionaros y funcionarias
policiales que aún siguen siendo víctimas de estigma o discriminación por poseer
una orientación sexual distinta a la heterosexual.
Continuando con resolución,
relataremos algunos aspectos de su contenido, así mismo, daremos algunas ideas
para la reflexión-acción en aras de seguir promoviendo la transformación de un modelo policial, caracterizado por una formación
y actuación de corte machista, patriarcal, androcentrista y heterosexista, y últimamente
fundamentalista cristiana y militarista, de los cuales devienen un sin número de
prácticas contarías al respeto del libre desenvolvimiento de la personalidad,
al principio de igualdad y no discriminación, en definitiva, un profundo
desapego al respeto de los derechos humanos, no sólo de las y los integrantes
de nuestras policías, sino también para la ciudadanía en general.
El objeto de la
resolución contemplado en el Artículo 2º es “garantizar la incorporación institucional de los principios de igualdad
y equidad de género y el respeto a los derechos de las mujeres en los cuerpos
de policía, así como en la prestación del servicio policial a la ciudadanía”,
ahora bien valdría la pena preguntarnos: ¿Por qué no se hizo mención de las personas
sexo diversas en el citado artículo, tal como se mencionó en el segundo considerando
de la resolución? Citamos en su totalidad “Que
la discriminación por razones de género no debe estar presente en el Cuerpo de
Policía Nacional Bolivariana y demás Cuerpos de Policía estadales y
municipales, ya que afectaría de manera prioritaria a las mujeres y las
personas sexo diversas, que forman parte de los mismos y la ciudadanía que acude
al servicio policial o es objeto de detención; ocasionando así, una grave
violación a los derechos humanos y constituyendo un importante problema de
seguridad ciudadana.”
¿A qué se debería dicha
omisión? La cual no podemos pasar por alto, si realmente existe el compromiso
político para atacar y corregir las innumerables prácticas de violencia, extorción,
persecución, hostigamiento e impunidad, de las cuales son víctimas las personas
LGBTI, dentro y fuera del ámbito policial.
La respuesta a ambas
interrogante se podrían traducir en unas pocas palabras Homofobia y Transfobia de Estado.
Esta situación es de vieja data, en la actualidad, pese a las transformaciones
que se han pretendido adelantar, siguen ocurriendo bajo la mirada complaciente de
funcionarias y funcionarios que las desestiman
por considerar a las víctimas como personas que atentan contra la moral y
buenas costumbres por su estilo de vida, por representar una amenaza para la
vida familiar y estabilidad de niños y niñas.
Valdría la pena recordar, que en la consulta realizada en octubre de 2006, a las organizaciones de sociedad civil en el marco de la Comisión Nacional para la Reforma Policial se pudo conocer “que la policía comete abusos físicos y actos de violencia contra las personas LGBT. Esta violencia no es solo física sino verbal, y se manifiesta de forma sutil, a través de comentarios discriminatorios…” igualmente se conoció que a lo interno de los cuerpos policiales “la discriminación contra las personas LGBT se origina dentro de las organizaciones policiales, que tienden a desconocer de que exista diversidad sexual dentro de la institución policial. No hay espacios para que los funcionarios y las funcionarias puedan practicar abiertamente su orientación sexual, no hay apertura”... ¿Qué pasó con las recomendaciones de los asistentes a esta consulta?
¿Acaso la homofobia y
transfobia de las y los agentes decisores del Estado siguen marcando la pauta a
seguir? Allí se las dejamos. Y esperamos no respondan diciendo que la discriminación y
vulneración de derechos de las mujeres y personas LGBTI es netamente “cultural” y que por ahora toca
esperar a que se originen cambios en la cultura de las venezolanas y
venezolanos, para que el Estado cumpla con sus obligaciones.
Sigamos con las
finalidades de la resolución el Artículo 3º contempla:
1.
Garantizar la defensa, vigencia, goce y ejercicio de los derechos humanos en
condiciones de igualdad y equidad de género, en especial de las mujeres que
forman parte de los cuerpos de policía, o de la ciudadanía que acude a la
prestación del servicio de policía o es objeto de detención.
2.
Erradicar las conductas o situaciones de discriminación contra las mujeres y
las personas sexo-diversas y velar por la atención oportuna e integral a las víctimas
de discriminación y violencia por razones de género, con el objeto de crear una
cultura de Igualdad y Equidad de género en el Cuerpo de Policía Nacional
Bolivariana y demás cuerpos de policía estadales y municipales.
Para el desarrollo de
estos fines, al menos el indicado en el numeral primero, se diseñó y publicó en
diciembre 2010 una guía titulada “Equitavamente Iguales” para orientar a los cuerpos
de policía en la instrumentación, aplicación y cumplimiento de la citada
resolución, texto en el cual no se hizo mención alguna a las personas LGBTI, aun
cuando el segundo numeral las menciona, situación que no nos extraña del todo,
debido a que en la resolución, lo relacionado a la diversidad sexual, es
mencionado sólo un par de veces y excluida de las instancias a ser creadas,
como lo son: el Consejo, la Unidad y las Secretarias de Igualdad y Equidad de
Género.
Este tipo de
situaciones que a simple vista no son tomadas en cuenta por la falta de voluntad
política, complejidad y dinamismo con el que se mueven los prejuicios y la discriminación
en los procesos hacia la instauración del nuevo modelo policial, esto debe convertirse
en un enorme desafío a ser afrontado por todas y todos que si queremos
realmente una institución policial profesional, eficiente y eficaz, libre estigmas
sociales, respetuosa y garante de los derechos humanos sin discriminación en
base a la diversas orientaciones
sexuales, identidades y expresiones de
género.
Se hace urgente el empoderamiento,
unidad y movilización de las personas LGBT, dentro y fuera de las instituciones
policiales, pese a las posibles represalias, temores, desconfianza que pueda
existir, cada cual, desde su espacio concreto tiene la obligación de dar su
aporte para ir derribando los múltiples obstáculos que desde lo social,
cultural, religioso y político se nos imponen. Debemos apropiarnos de la lucha
cada día tal cual como somos.
Igualmente, no podemos
seguir avanzando en la construcción de una institución policial que vele por la
seguridad ciudadana y la tranquilidad de nuestras comunidades, protegiendo la
dignidad humana, promoviendo y respetando los derechos humanos, si se sigue reproduciendo
un doble discurso y de manera solapada se permiten y promueven los actos de
marginación, discriminación, estigmatización y prejuicios hacia las personas
LGBTI que formen parte de los cuerpos policiales, que acuden al servicio policial
o que son objeto de detención.
Finalmente, es
imprescindible dentro de un proceso de democracia participativa y protagónica,
de inclusión y justicia social, seguir adaptando las normas legales y apuntando
a la transformación para la incorporación las personas LGBTI hasta llegar a
tener en nuestro país unos cuerpos policiales garantes de los derechos humanos
y respetuosos de la diversidad sexual.
* Yonatan Matheus Director General Venezuela Diversa.
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