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viernes, 11 de noviembre de 2011

Entre el 21 y 26 de noviembre se Realizará en Caracas I Festival de Cine Venezolano de la Diversidad


Caracas 09/nov/11 Así lo informó este miércoles José Alirio Peña, presidente del evento, quien explicó que el festival, “el primero de esta naturaleza”, tendrá un jurado que evaluará las 19 producciones cinematográficas 100 por ciento venezolanas que serán presentadas en el mismo.
Detalló que en la categoría de mejor trabajo estudiantil serán mostradas seis producciones, mientras que en la categoría de mejor cortometraje se proyectarán cuatro y en la categoría de mejor mediometraje otras cuatro.
Peña destacó la importancia de realizar este tipo de eventos, y dijo que a pesar de haberse realizado actividades similares en la capital venezolana, éstas “han estado en un espacio oculto de la ciudad”.
“Creo que La Previsora es un lugar justo y mucho más conocido por las personas y definitivamente nos va a dar mayor visibilidad”, apuntó.
Por último, indicó que también se estarán realizando actividades paralelas desde el martes 22, así como una serie de conferencias y conversatorios, con la participación de algunas alianzas.

jueves, 10 de noviembre de 2011

Aporte de Venezuela Diversa al EPU hecho a Venezuela en Ginebra ante las Naciones Unidas.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Venezuela Diversa Asociación Civil
CARACAS –VENEZUELA.

1. Venezuela Diversa Asociación Civil institución sin fines de lucro de carácter social y de promoción humana que nace el 15 de agosto de 2007, constituida legalmente en fecha 03 de junio del 2008 según documento protocolizado ante la oficina de Registro Público de Segundo Circuito del Municipio Libertador bajo el numero 50, Tomo 18, protocolo 1º, Registro de Información Fiscal Nº J-29606373-7, con sede en Caracas, agrupa un colectivo de cerca de 350 personas LGBTI, cuya misión es la promoción y defensa de los Derechos Humanos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, travestis, transgeneros, transexuales e intersexuales (LGBTI), fomentando el desarrollo de iniciativas y mecanismos de participación social que permitan el incluir a la sociedad civil, las individualidades y el Estado venezolano en la lucha contra toda forma de discriminación principalmente por orientación sexual e identidad de género.

2. Reconocimiento de los espacios de diálogo, articulación y acciones para alcanzar la eliminación de actitudes y prácticas discriminatorias: En julio de 2009, la Defensoria del Pueblo inicia mesa de trabajo con la participación activa de más de 10 organizaciones de la sociedad civil y movimientos sociales LGBTI cuyo propósito es identificar los principales problemas que enfrentan en materia de derechos humanos las personas LGBTI. En marzo 2010 mediante convocatoria del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores y Ministerio del Poder Popular para la Salud organizaciones de sociedad Civil que trabajan con las poblaciones LGBTI participamos en la elaboración del Informe de Avances sobre la “Implementación de la Declaración de Compromisos VIH/sida incluyendo un anexo especial sobre poblaciones LGBTI y el VHI y SIDA. En Noviembre 2010, la Defensoria del Pueblo se inicia mesa de trabajo para tratar específicamente el tema de la vulneración de los derechos humanos de las personas LGBTI que pudieran involucrar trato cruel inhumano y degradante, vejaciones e improperios por parte de los cuerpos de seguridad del Estado. En noviembre 2010 el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia dicta resolución número 286 indicando normas y garantías relativas a los derechos de las mujeres a la igualdad y equidad de género en los cuerpos de Policía Nacional Bolivariana y demás cuerpos de policías estatales y municipales en la cual se menciona entre sus finalidades la necesidad de garantizar la defensa, vigencia, goce y ejercicio en condiciones de igualdad de género, en especial a las mujeres y personas LGBTI que forman parte de los cuerpos de policía, así como también erradicar las conductas o situaciones de discriminación, la adopción de medidas para avanzar en la construcción de relaciones de igualdad y eliminación de la discriminación dentro y fuera de los cuerpos policiales. En Enero 2011 el Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social realizo las jornadas de protección social con el objeto de orientar a las/os servidoras/es públicos responsables del diseño, aplicación y seguimientos de políticas institucionales del Sistema de protección del Estado donde se trato abiertamente el tema de Diversidad sexual y población LGBTI.

3. Obligación del Estado Venezolano a respetar, proteger y promover el goce universal de los derechos humanos de las personas LGBTI. Aun cuando en la Constitución se establece los principios de no discriminación e igualdad ante la ley, Articulo 21º, es necesario avanzar y de manera mas contundente en la formulación e Integración dentro de los planes, políticas y toma de decisiones el enfoque pluralista que reconozca y afirme la complementariedad e indivisibilidad de todos los aspectos de la identidad humana, incluidas la orientación sexual y la identidad de género.

4. Obligación del Estado Venezolano a garantizar los derechos a la igualdad y a la no discriminación. aún cuando se consagra en la constitución nacional y en la mayoría de leyes los principios de la igualdad y de la no discriminación no es específico por motivos de orientación sexual o identidad de género.

5. Recomendaciones: Adoptar mayores medidas legislativas y de otra índole que resulten apropiadas para prohibir y eliminar la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género en las esferas pública y privada; garantizar el desarrollo adecuado de las personas de diversas orientaciones sexuales e identidades de género, según sean necesarias para permitir a estos grupos o personas el mayor goce o ejercicio de los derechos humanos en igualdad de condiciones.

6. Violaciones al derecho a la vida y a la seguridad personal de las personas LGBTI se reportaron casos de maltrato, atribuidos a funcionarios de la policía metropolitana, y policía de caracas contra la población trans trabajadoras sexuales en vía pública en Caracas, sin que los casos hayan sido investigados en forma adecuada. La nueva Policía Nacional creada por el Gobierno Bolivariano en marzo de 2008, orientada bajo una concepción de respeto hacia los derechos humanos establecido en sus estatutos la no discriminación por sexo u orientación sexual y se ha venido trabajando con colectivos de LGBTI en temas de formación y sensibilización de su personal policial.

7. Violaciones a la integridad física y psicológica por parte del Sector Privado a las personas LGBTI, se ha constatado que los prestadores de servicios, salud, centro comerciales y de esparcimiento, y empresas privadas en general cometen actos que violentan la integridad física y psicológica en razón de la orientación sexual, identidad de genero, características étnicas, y condición social , detenciones arbitrarias por personal de seguridad privada quienes usurpan funciones de la policía oficial, realizando tratos crueles, vejatorios e inhumanos que menoscaban el disfrute de los derechos fundamentales.

8. Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las personas LGBTI: Salud: Reconociendo los avances que en materia de VHI y Sida se han producido para población de Hombres Gays, Bisexuales y Personas Trans, grupos priorizados por el Programa Nacional de Infecciones de Transmision Sexual del Ministerio del Poder Popular para la Salud. Debemos mencionar que se debe avanzar aun más en planes nacionales y políticas públicas dirigidas a la población LGBTI relacionados a otros temas de salud. Vivienda: Las personas LGBTI se ven limitadas en el acceso a las políticas, programas y proyectos para poseer una vivienda y hábitat dignos, mediante el Regimen prestacional de Vivienda y Hábitat, existen fuertes contradicciones entre el derecho y el goce del mismo en cuanto que se establece que toda persona tiene derecho a la vivienda y hábitat digno y vemos que en la practica se dictan resoluciones o normas ministeriales que imposibilita que las parejas del mismo sexo o personas solteras para que puedan acceder en igualdad de condiciones que el resto de las personas, en todo momento se priorizan a las familias tradicionales, o los matrimonios o uniones conformadas por personas heterosexuales Aun cuando las personas LGBTI se encuentren aportando recursos en el fondo de ahorro obligatorio de vivienda. En lo que se refiere al arrendamiento de viviendas se requiere que el Estado garantice la protección específica a las personas LGBTI siendo por lo general estas explotadas por los arrendatarios privados quienes especulan con los precios o cánones de alquileres, poniéndose incluso al margen de las disposiciones legales dictadas en esa materia, actuando con la mayor impunidad posible. Es necesario mencionar que muchos arrendatarios privados cuando tienen sospechas o conocimiento de la orientación sexual e identidad de género de sus inquilinos proceden a desalojarlos arbitrariamente de los inmuebles y en otros casos incrementan en costo para permitirles permanecer en el mismo. discriminación por razones de orientación sexual e identidad de género. Educación: El ministerio del poder popular para la educación ha elaborado un documento de líneas estratégicas para el perfil del egresado en educación media donde se contempla el respeto a los derechos humanos y a la diversidad sexual, esta buena práctica debe ser más promovida. Se requiere una mayor intervención del Estado para evitar que los centros educativos del sector privado -religiosos o no-, y del sector público para que se evite la vulneración de este derecho cuando sea pública o se sospeche que las personas pertenecen a la población LGBTI.

martes, 13 de septiembre de 2011

Suspenden deportación de gay venezolano en California




Las autoridades migratorias de Estados Unidos aceptaron cancelar la deportación de un venezolano casado con un ciudadano norteamericano en California.



Lavi Soloway, abogado del sudamericano Alex Benshimol, dijo que la jueza de migración Marilyn Teeter cerró administrativamente el proceso de deportación contra su cliente a petición del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés).



Soloway dijo que el sábado recibió la notificación sobre la decisión tomada el 11 de agosto.



Benshimol buscaba permanecer en el país con su esposo estadounidense Doug Gentry luego de que su visa expiró. La pareja de Cathedral City se casó el año pasado.



Soloway pidió que se suspendiera la deportación en concordancia con un memorando emitido en junio en el que el director del ICE John Morton expresa que los fiscales pueden ser discrecionales en casos de inmigración.



Fuente:-zonadiversa.blospot.com



El Reino Unido levantará la prohibición de donación de sangre a homosexuales


El Ministerio británico de Sanidad confirmó hoy que se levantará el próximo 7 de noviembre la actual prohibición de donación de sangre impuesta a los homosexuales para prevenir el riesgo de contaminación del Sida.

Sanidad informó de que aceptó las recomendaciones del llamado Comité Asesor de Seguridad de la Sangre, que indicó que los homosexuales que no han tenido relaciones íntimas con otro hombre durante un periodo de un año podrán donar sangre.

Las restricciones habían sido establecidas en los pasados años ochenta como medida de precaución, sin embargo los últimos estudios médicos presentados al Gobierno británico indican que una prohibición de este tipo ya no estaba justificada.

La actual medida había sido cuestionada por expertos médicos a la luz de la mejora en los análisis de sangre.

Varios países han suavizado las medidas pues tienen en cuenta el tiempo desde que un hombre ha mantenido relaciones íntimas con otro.

Según los médicos, es imposible detectar el virus del Sida durante un tiempo posterior a la infección.

Actualmente, toda la sangre que es donada es analizada por el Servicio Nacional de Sangre para saber si está infectada con Sida.

Además de los homosexuales, tienen prohibido donar sangre, pero sólo durante un año, las personas que han sido sexualmente activas en países donde la incidencia de Sida es importante.

El Colegio de Enfermeras votó a principios de este año a favor de levantar la prohibición de por vida.

Fuente:- zonadiversa.blospot.com

Abrirán en la Ciudad de México la segunda fiscalía contra violencia homofóbica


La delegación Álvaro Obregón de la Ciudad deMéxico creará una Fiscalía Especial con el objetivo de frenar la violencia de género y prevenir los delitos homofóbicos, así como brindar una información y atención más pronta y expedita a la comunidad LGBT.

El jefe delegacional en esta demarcación, Eduardo Santillán, dijo que "un sólo delito por homofobia es suficiente para que el Estado y el gobierno de la ciudad ponga atención al hecho, pues no basta lograr el reconocimiento a los derechos".

Al anunciar en conferencia de prensa la realización del Primer Foro de Diversidad Sexual en la delegación, Santillán Pérez indicó que la violencia física y homofóbica es uno de los principales problemas en la sociedad.


Por ello, indicó que la nueva Fiscalía será fundamental, para romper estigmas sobre las preferencias sexuales y para que este segmento de la sociedad no sea objeto de actitudes discriminatorias.

Acompañado por su director de Desarrollo Social, Jorge Zepeda, y Mónica Rivera, de la Unidad Especializada en Atención a la Comunidad LGBT de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, remarcó que esta fiscalía será la segunda de su especialidad en el DF.

Comentó que esta permitirá complementar los trámites que realiza la primera fiscalía en la Zona Rosa, ya que ésta se ubicará en Tizapán, en Tlaxcala sin número, por ser San Ángel una zona importante para la actividad social.

En el acto también estuvieron presentes el subdirector del Departamento LGBT de la Secretaría de Turismo del Gobierno del Distrito Federal, Gilberto Ángeles y Eduardo Ramírez, asesor de la representación del gobierno de Michoacán en la capital del país.

Fuente:- Zona Diversa

Un tribunal prohíbe al Ejército tailandés llamar enfermos a los transexuales


Un tribunal de Justicia de Tailandia prohibió hoy a las Fuerzas Armadas continuar llamando enfermos mentales a los transexuales, para justificar su negativa a admitirles en las filas castrenses, indicaron fuentes judiciales.

Con esta justificación y declarándoles personas que padecen un "trastorno mental permanente", el estamento militar impide que los varones transexuales hagan el servicio militar, que en Tailandia es obligatorio y tiene una duración de dos años.

El tribunal emitió el fallo a raíz de la denuncia interpuesta por Samart Meechai, un transexual de 27 años, contra el Ministerio de Defensa por considerar que se vulneraban sus derechos básicos.

Además, fuentes judiciales precisaron que el tribunal ha dado instrucciones al Ministerio y a las Fuerzas Armadas para que corrijan los estatutos de incorporación a filas.

En respuesta, el portavoz del Ejército tailandés, Thanatip Sawangsaeng, declaró a la prensa que el Ministerio de Defensa cumplirá con la resolución judicial y propondrá que en los nuevos estatutos figure la frase: "la condición sexual actual no coincide con la del nacimiento."

Al término de la vista, y en declaraciones a los medios locales, el demandante elogió el dictamen judicial y destacó que los transexuales "ya no serán considerados locos" por la institución castrense.

Tailandia presume de una reputación de tolerancia hacia los transexuales, aunque los grupos comprometidos con la defensa de los derechos de los homosexuales denuncian que continúan marginados por la sociedad y piden que se respeten sus derechos como "tercer sexo".

La Iglesia ortodoxa rusa considera a la homosexualidad una provocación

La Iglesia ortodoxa rusa denunció hoy en un comunicado la agresividad de la promoción de la homosexualidad como una provocación que se escuda en la defensa de los derechos del Hombre.
"La agresividad de la promoción de las opiniones homosexuales, presentada como parte de los derechos del Hombre, es una provocación", indicó Vsevolod Tchapline, portavoz de la Iglesia ortodoxa rusa.
"La propaganda homosexual representa un peligro particular para los niños y los jóvenes", aseguró el prelado, quien explicó que para la Iglesia ortodoxa la homosexualidad es un pecado que se puede tratar con "rezos y lectura de textos santos".
Las manifestaciones organizadas por los movimientos de defensa de las minorías sexuales están "en contradicción con las exigencias de la moral", estimó el padre Tchapline, quien al tiempo agregó que "el derecho internacional autoriza las limitaciones a los derechos del Hombre dentro del interes de la defensa de los derechos de los otros".
Cabe señalara que las autoridades rusas prohiben y dispersan sistemáticamente las manifestaciones a favor de los derechos homosexuales.

Los votantes de Carolina del Norte decidirán si prohíben los matrimonios homosexuales

Los senadores de Carolina del Norte aprobaron hoy que los votantes, en un referéndum el próximo mes de mayo, decidan si deben cambiar su constitución y establecer la prohibición de matrimonios entre parejas del mismo sexo.
Carolina del Norte es el único estado del sureste de la Unión Americana que no ha aprobado una modificación a su carta magna de restringir el matrimonio a un hombre y una mujer.
La Cámara de Representantes, controlada al igual que el Senado por los republicanos, por primera vez en más de un siglo en Carolina del Norte, decidió el lunes apoyar la medida impulsada por un grupo de legisladores de carácter conservador.
Desde 1996, el estado no permite ni reconoce los matrimonios entre homosexuales pero la ley no aclara el aspecto de las uniones civiles.
Los oponentes a la disposición argumentan que es innecesaria, pero los que la apoyan enfatizan que es necesario dejar claro que el matrimonio es entre un hombre y una mujer, y que ayudaría al estado a evitar alegaciones jurídicas de parejas del mismo sexo, que vienen de los seis estados donde se permiten este tipo de uniones.
La gobernadora, Beverly Perdue, lamentó que en medio de la crisis económica por la que atraviesa el estado a raíz del huracán Irene, "los legisladores estén enfocando sus esfuerzos en temas emocionales".
"No podemos darnos el lujo de ser un estado que no damos la bienvenida a ciertas personas. Nuestro enfoque debe ser en la creación de trabajos que son tan necesarios", declaró la demócrata a los medios.
Para hispanos como Daniel Valdez, de 25 años y miembro del grupo Lesbio-Gay de Charlotte, la ciudad más grande del estado, es una lástima que ahora Carolina del Norte haya perdido su estatus de ser "uno de los estados más progresistas del sur".
"Esto envía un claro mensaje de discriminación, de retroceso a la época cuando estaba prohibido la unión civil entre blancos y negros. Muchos se van a ver afectados si pasa el referéndum", comentó Valdez, de origen mexicano.
Cientos de personas protestaron hoy frente al capitolio estatal en Raleigh en contra y a favor de la medida, que ha comenzado a despertar muchas pasiones entre los residentes del estado.
De acuerdo a la Conferencia Nacional de Legislaturas Estatales, votantes en 30 estados de la nación han aprobado los cambios en su Constitución para reafirmar el matrimonio tradicional.

sábado, 23 de julio de 2011

COMUNICADO POR EL RESPETO AL DERECHO A LA VIDA DE PERSONAS LGBTI.

La Coalición LGBTI Venezolana conformada por Venezuela Diversa Asociación Civil, Comunidad Metropolitana Asociacion Civil e individualidades que trabajan por los derechos humanos de aquellos sectores de excluidos en razón de su orientación sexual, identidad y/o expresión de género, etnia, posición politica, orientación religiosa, condición laboral, estado de salud, posición economica, o por diferencias de cualquier indóle, a la opinión pública:

Considerando que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela consagra en su artículo 43º que el derecho a la vida es inviolable para todas las personas sin distinción de ningún tipo. Así mismo que el Estado venezolano ha firmado y ratificado varios instrumentos internacionales relacionados con este derecho.

Recordando que el derecho a la vida guarda estrecha relación con los demas derechos humanos mediante los principios de indivisibilidad e interdependencia.

Por ello condenamos la violencia por orientación sexual e identidad de género la cual es un claro indicador de la vulneración de derechos humanos de las personas transexuales, transgéneros, travestis, intersexuales, gays, lesbianas y bisexuales. Estamos hablando de la violación del derecho a la vida, a la integridad personal, a la seguridad ciudadana; así como el libre desarrollo de la personalidad. Que en definitiva agravan el derecho a la vida por el considerablemente incremento de la impunidad y de la violencia en todos los ambitos sociales.

Repudiamos el asesinato de Samanta Nazaret Rendon de 23 quien luego de recibir multiples impactos de bala fallece en la Parroquia Coche de Caracas el dia 23 de Julio, acto de criminalidad ligado a la discriminación por orientación sexual e identidad de género, siendo este el cuarto ocurrido en lo que va de año en contra Personas Trans.

Manifestamos que la violación estructural del derecho a la No Discriminación, de las personas transexuales, transgéneros, intersexuales, gays, lesbianas y bisexuales son producto de factores coyunturales y un trasfondo cultural heterosexista, patriarcal y machista propio del ámbito regional latinoamericano.

Expresamos que la vulnerabilidad de las personas transexuales, transgéneros, travestis, se ve acrecentada por el hecho de la falta de reconocimiento de una identidad legal acorde con su identidad físico-psico-social, de lo que deriva el cercenamiento de casi todos los más elementales derechos fundamentales: el derecho a la educación, a la salud, a la seguridad, al trabajo, a la libre circulación, a gozar de una vivienda digna, lo que conduce a que la gran mayoría no tenga otra opción de sobrevivencia que en el área del trabajo sexual, particularmente en la calle; hecho éste que, a su vez, acrecienta las vulnerabilidades en el área de la seguridad personal y de la salud.

Solicitamos por tanto:

 Al Estado y sus Instituciones:

• Que el Estado tome las medidas pertinente para proteger y garantizar el derecho a la vida de todas las personas, sin distingo alguno a fin de garantizar la inviolabilidad del derecho a la vida y brindar proteción a todas las personas o los grupos más vulnerables victimas de cualquier forma de discrininación y exclución social.

• Que se investigue de manera exhautiva, inmediata e imparciar todos aquellos casos de violación al derecho a la vida.

• La investigación y prevención de los crímenes cometidos especialmente a las personas históricamente más vulneradas y excluidas de nuestro país, entendiendo que estos asesinatos podrian ser perpretrados por parte de personas o grupos organizados que con alevosía y premeditación, los cuales podemos calificar de crímenes de odio.

• La designación de un equipo de fiscales especiales para la investigación de diferententes actos de criminalidad, violencia y asesinatos perpretados en razon de la orientación sexual identidad y/o expresión de género.

• Que la Asamblea Nacional adelante la tipificación de la categoria “crímenes de odio” en Código Penal Venezolano.

Finalmente a las Venezolanas y los Venezolanos:

• Nos solidarizamos con todas aquellas personas pertenecientes al movimiento campesino y sindical, con casos de asesinados por sicariato y por la acción de funcionarios policiales, así como con los diferentes Comités de Victimas de abuso policial que existen en el país y las centenares de familias venezolanas en duelo por la violencia, dejando de manifiesto que nuestras luchas estan vinculadas porque entendemos que estamos aún bajo un modelo opresor que si bien intentamos transformar, en ese espacio de tiempo sigue cobrando la vida de las personas más vulnerables en nuestro país.

En Caracas, a los veintitres dias del mes de julio 2011.

  Cesar Sequera Nuñez                Yonatan Matheus
Comunidad Metropolitana  A.C      Venezuela Diversa A.C
              Voceros de la Coalición LGBTI Venezolana

Organizaciones, movimientos y/o personas que deseen aderirse comunicarse a:

colaicionlgbtivenezolana@gmail.com venezueladiversa@gmail.com icmmisioncaracas@gmail.com

domingo, 10 de julio de 2011

Comunicado Orgullo LGBTI Caracas 2011












La Iglesia de la Comunidad Metropolitana y Venezuela Diversa Asociación Civil en los 200 años de la Independencia Patria y en el marco de la 11ª Marcha Nacional del Orgullo LGBTI Caracas 2011 donde como movimiento, muchas/os irán a manifestar su diversidad escogiendo unas/os la parte más fiestera del evento, otras/os la parte más reivindicativa, por ello no podemos dejar de decir:

Que el espíritu de las Mujeres y Hombres que alzaron su voz y puños para revelarse contra un sistema político social que les oprimía impidiéndoles vivir en libertad, sea el motor que desde hoy impulse a Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersexuales para levantamos contra el sistema heterosexista, patriarcal y machista que por años ha mantenido secuestrados nuestros cuerpos impidiendo, prohibiendo y condenando nuestras formas de amar, sentir, y vivir nuestra orientación sexual e identidad de genero.

A los Poderes Ejecutivo, Judicial, Legislativo y Moral que cumplan con sus obligaciones de garantizar el respeto, el pleno y libre ejercicio de los derechos humanos de las personas Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersexuales sin permitir injerencia de creencias y argumentos religiosos, símbolos religiosos o dogma de fe, aunque fueran creídos por la totalidad de las/os ciudadanas/os, para imponérselos al resto de la sociedad, como decisión política para detener el avance de los pueblos a mejores condiciones de vida.

Instamos a las/os parlamentarias/os que cumplan con sus responsabilidades de legislar asumiendo efectivamente su compromiso con los derechos humanos, y que al igual que está ocurriendo en el resto de los países de la región latinoamericana y del mundo, eliminen definitivamente la discriminación legal que existe en Venezuela en contra de las personas LGBTI en razón de su orientación sexual e identidad de género.

A la sociedad venezolana le decimos que sus esfuerzos por consolidar los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la convivencia y el disfrute de los derechos humanos para esta y las futuras generaciones serán en vano mientras no se logre avanzar en la erradicación de la injusticia y exclusión social y todas la formas de discriminación incluidas las basadas en la orientación sexual e identidad de género.

Al movimiento LGBTI y sus organizaciones que llego la hora de trabajar desde la unidad verdadera para ganar con dignidad el reconocimiento de nuestros derechos humanos, sin entregar la lucha de nuestros antecesores y predecesores a ninguna corriente ideológica excluyente de carácter partidista, religiosa, autoritaria y otras… que pretenda negar el avance por nuestra ciudadanía plena.

A las Personas LGBTI que no se involucran en los diferentes espacios de lucha y que la mayoría de las veces prefieren no participar, ya sea porque no lo desean o porque siguen dentro del armario, el llamado es a no quedarse de brazos cruzados, ya que este momento histórico requiere de la participación activa y protagónica de cada una/o de ustedes no es tiempo para rendirse.

En Caracas a los diez días del mes de julio de 2011.


Cesar Sequera Nuñez                           Yonatan Matheus                                                  Lider Pastoral ICM         Director General Venezuela Diversa A.C                                        

jueves, 7 de julio de 2011

Un estudio español reafirma que los estereotipos homosexuales siguen vigentes


Según un reciente estudio español, sólo el 31 % de los heterosexuales creen que la visualización de la orientación sexual perjudica la promoción en el ámbito laboral, en contraste con el 52% del colectivo LGBT que lo piensa.


El trabajo fue presentado hoy en Galicia, y fue realizado entre personas heterosexuales, lesbianas, gays, bisexuales y transexuales.

El estudio se realizó en mayo de 2011 en Galicia a 500 personas de entre 18 y 35 años de edad, de las que más de 320 son homosexuales, 30 transexuales y 150 heterosexuales.

En el ámbito educativo, el 68% de las personas LGBT cree que puede haber discriminación en las aulas durante la etapa educativa, mientras que el 71% de los heterosexuales cree que esto puede suceder.

Sobre si la visualización de la orientación sexual perjudica la promoción en el ámbito laboral, el 31% de los heterosexuales creen que sí, en contraste con el 52% del colectivo de LGBT que creen que puede suceder.

El 59% de los heterosexuales cree que una persona LGBT tiene mayor inclinación para determinadas profesiones, en contraste con el 11% de los LGBT encuestados.

Económicamente, el 78 por ciento de los heterosexuales cree que las personas LGBT tienen mayor capacidad económica.

Sobre la propensión a contraer VIH, el 57 % de los heterosexuales creen que las personas LGBT sí estás más expuestos, mientras que el 71% de las personas LGBT cree que no.

Según Moral, este estudio evidencia que sigue habiendo 'mitos estereotipados' e invisibilidad en el ámbito laboral, además de que se sigue creyendo en la 'propensión natural' en el contagio del VIH.

El estudio también incluye datos sobre los servicios asistenciales y sanitarios que recibe el colectivo LGBT por parte de la administración autonómica y estatal.

En el Parlamento de Galicia no se identifica ninguna ley, ni proyecto no de ley, en contra de la discriminación de LGBT.

Moral también presentó la campaña 'Di no a la homofobia', con la que se intentó 'dotar de voz a las personas que representan a la sociedad gallega'.

En los mil primeros años del Cristianismo no hay pecado de sodomía: Carlos Callón


La intolerancia homófoba se originó entre los siglos XI y XIV. Pero, curiosamente, al mismo tiempo que se generaba el prejuicio antihomosexual, se mantuvo un ideal de amistad entre hombres con formas de relación que en la actualidad consideraríamos amorosas. Son algunas de las conclusiones a las que llega el investigador y profesor de lengua y literatura Carlos Callón en su obra Amigos e sodomitas. A configuración da homosexualidade na Idade Media, (Sotelo), con la que ganó el Premio Vicente Risco de Ciencias Sociais 2011.

El autor analizó códigos legales, crónicas históricas, prosa literaria, poesía religiosa y, sobre todo, la literatura profana del corpus gallego-portugués medieval, para dialogar con las interpretaciones de los principales expertos en la materia. 'No es que yo descubra nada. Son hipótesis que en su momento fueron lanzadas, pero que nadie siguió. Giuseppe Tavani apuntó la posibilidad de que una composición de Rodrigo Eanes de Vasconcelos, en la que un 'vasallo' se dirige a su 'amigo', se tratara de una enunciación homosexual. Pero la crítica no continuó por ese camino. Porque si hay homosexualidad explícita, ¿cómo es posible que haya críticos que lo nieguen? La cuestión es que hubo un problema de ocultación y falsificación, con auténtica censura', explicó.

El medievalista John Boswell, que colaboró en la fundación del Research Fund for Lesbian and Gay Studies de la Universidad de Yale y estudió las uniones entre personas del mismo sexo en la Europa premoderna, destapó algunos casos de manipulación de las fuentes, como el cambio en el Ars amatoria de Ovidio de la frase 'el amor de un hombre me atrae menos' por 'el amor de un hombre no me atrae en absoluto'.

Fue Boswell quien, en su libro Cristianismo, Tolerancia Social y Homosexualidad. Los gays en Europa occidental desde el comienzo de la Era Cristiana hasta el siglo XIV, advirtió de que la Iglesia Católica no había comenzado a condenar a los homosexuales al menos hasta a partir del siglo XII. 'Es una pena que Boswell, o Foucault, en su Historia de la sexualidad, no revisaran el cancionero gallego-portugués, porque habrían llegado a conclusiones distintas a las que llegaron', argumentó Callón.

El prejuicio homófobo nació, así, indica el autor, entre los siglos XI y XIII, consolidándose entre el XIV y el XV. Aunque no existe unanimidad en la explicación de este cambio, Callón apunta al absolutismo y su rígida jerarquización social, que conllevaba unas estrictas normas de conducta sexual. La investigación de la historia de la mujer ha constatado también el aumento del control sexual y de la condición subalterna de las mujeres en los últimos siglos de la Edad Media.

'En los mil primeros años de historia del Cristianismo no hay pecado de sodomía. Como no existe en la prédica de Jesucristo, aunque parezca raro si escuchamos lo que dicen Rouco Varela o Ratzinger', indicó Callón. En su libro, asegura que la lectura sexual de la historia bíblica de Sodoma no triunfó hasta el siglo XI, a partir de la interpretación realizada por el teólogo Pedro Damián. Es más. Fue, según demostró Boswell, el poder civil el primero en castigar la homosexualidad, en una época en la que el ámbito eclesiástico se mostraba poco interés o una actitud de indulgencia hacia las prácticas homosexuales. 'De hecho', subraya Callón 'miembros de la Iglesia fueron las primeras víctimas de estas leyes civiles'.

La acusación de sodomía fue, en este contexto, utilizada además como arma política. Callón señala el ejemplo de Estevan Fernández de Castro, Adelantado Mayor de Galicia, que formó parte de la revuelta nobiliar contra Alfonso X que se produjo en 1272, y fue satirizado con el objetivo de desprestigiarlo politicamente. 'Era un enemigo muy importante, porque quería restablecer el poder del reino de León', enfrentándose así a la expansión castellana, recordó el autor.

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jueves, 30 de junio de 2011

Del ciberactivismo y otros delitos...


1 Desde hace varios meses, he leído en los correos del compañero Ricardo Hung, directivo de Lambda de Venezuela, el término "ciberactivismo". Hung emplea esta palabra de manera despectiva y en oposición a lo que él considera "activistas de verdad". Me he sentido tentado a compartir algunas ideas sobre estas etiquetas y finalmente lo hago por esta vía.  

2 ¿Qué es el ciberactivismo? De acuerdo a lo que entiendo de los correos del compañero Hung, los "ciberactivistas" son falsos activistas, personas inescrupulosas que usan las luchas del movimiento LGBTI para hacerse un nombre y robarle protagonismo a los "activistas de verdad", es decir, ellos. Según esta definición, usted comete este "delito" si usa las redes sociales, facebook, twitter, correos electrónicos, blogs o cualquier medio digital para hacer activismo.  

3 ¿Quiénes crearon esta categoría? Alianza Lambda es una organización LGBTI venezolana con una importante trayectoria. En el año 2002 Lambda asumió la planificación y celebración del mes de la diversidad sexual, cuando ninguna ONG quiso o pudo hacerlo. En una entrevista con Jesús Medina, le comentaba que gracias a Lambda, el Orgullo por la Diversidad Sexual se pudo seguir celebrando. Sin embargo, en los últimos años, un grupo reducidísimo de Lambda se ha autonombrado fiscales y jueces del activismo LGBTI venezolano. A su juicio, esta trayectoria les da el poder de decidir quiénes son activistas "de verdad" y quienes no. A través de redes sociales (lo sé, es contradictorio) estos autoproclamados jueces reparten bendiciones y excomuniones a su antojo. Esta actitud arrogante de algunos compañeros de Lambda desdice de su trabajo. De alguna manera, lo que hacen con las manos, lo destruyen con los pies. Lambda no necesita denigrar del trabajo de otros colectivos, para que ellos brillen.  

4 Esta pobre división del movimiento comunitario no aguanta un análisis serio. En las Tertulias de la Diversidad Sexual de Caracas vamos para 7 años de conversas ininterrumpidas. En julio de 2011 haremos nuestra actividad 81. Ochenta y un meses de encuentros seguidos. En este tiempo hemos cometido el "pecado" de apoyarnos en internet para difundir nuestras invitaciones. También hemos usado el volanteo en físico, pendones y afiches. ¿Eso en qué nos convierte? ¿"Ciberactivistas" de closet? ¿Híbridos? ¿"activistas de escritorio" conversos y redimidos? Siguiendo la lógica de Lambda, el dilema aquí es claro. ¿Edad media versus Siglo XXI? ¿Analógico o digital? Escoja, pero emplear las dos modalidades sería un sacrilegio.  

5 ¿Es la primera vez que esto ocurre? Lamentablemente no. En 1993 Oswaldo Reyes fundó el Movimiento Ambiente de Venezuela, la segunda organización LGBTI del país. Oswaldo tuvo mucho coraje al defender la causa LGBTI en esa época. Sin embargo, su estilo de liderazgo terminó perjudicando su lucha y dejándolo solo. Quienes lo conocieron afirman que Oswaldo practicaba un liderazgo negativo. Cualquier iniciativa de otros integrantes del MAV, Oswaldo la veía como una amenaza potencial contra él. En esos años no había internet, pero Oswaldo igualmente creó sus propias categorías. Las veces que pude hablar con él, me hablaba de la existencia de "líderes de verdad" (como él) y de "seudolíderes" (el equivalente a los ciberactivistas de ahora).  

6 ¿Esto es exclusivo del movimiento LGBTI? No. Las feministas tampoco escapan a estas riñas internas. En las organizaciones feministas latinoamericanas se habla de dos tipos: (1) las que han logrado articularse con fuentes de financiamiento internacional y estatal (despectivamente llamadas "feministas institucionales"); y (2) las que rechazan cualquier vínculo con los espacios de poder que combaten (autonombradas "feministas utópicas" y señaladas por las primeras como "feministas radicales"). Al menos hay que reconocerle a las compañeras feministas que estas definiciones están mejor argumentadas y tienen más sustento teórico que la división de lambda de "activistas de verdad" versus "ciberactivistas".  

7 ¿Qué hay en el fondo de esta discusión? Sin ánimos de ser terapeuta y sin conocer mucho a los creadores de estas etiquetas, creo que en el fondo de esta clasificación lo que hay es un gran temor. Temor por parte de estos autoproclamados jueces. Temor a que existan personas que, desde una computadora, puedan ser más efectivas y eficacez que ellos. Temor a que surgan liderazgos emergentes que terminen desplazándolos. Temor a perder el poder real o imaginario que ellos creen tener. Cada vez que escucho o leo a alguien hablar de "activistas de escritorio" o "ciberactivistas", me viene a la mente la imagen de esa persona, muy asustada, temerosa intentando aferrarse a lo poco que conoce. Estas categorías simplemente revelan de sus creadores una pobreza intelectual, miedos mal procesados y una profunda miopía política sobre los movimientos sociales. Además queda en evidencia la pobreza en el uso del lenguaje. De todas las posibles etiquetas que pudieron haber usado (chavistas & opositores / radicales & conservadores / urbanos & rurales / con o sin fines de lucro / teóricos & pragmáticos / gays & sexodiversos), es realmente decepcionante esta división de "activistas de verdad" versus "activistas de escritorio"  

8 A manera de cierre En la medida que algunas organizaciones dedican tiempo y energía a crear estas polémicas, en esa medida no se dedica tiempo y energía a lo verdaderamente importante... que en mi humilde opinión es cómo lograr mayor convocatoria en las actividades, cómo mejorar la promoción, cómo articularnos mejor con los espacios de poder para que adopten políticas públicas que beneficien a la población sexodiversa, cómo brindamos atención a grupos vulnerables como las transexuales, los adolescentes LGBTI, las personas con VIH, los LGBTI adultos mayores, los LGBTI con alguna discapacidad, etc. Hay tantos temas en los que pudiéramos estar creciendo, aportando, creando, proponiendo y sin embargo, todo eso se ve torpedeado por estos debates estériles de los activistas "de verdad". Afortunadamente, cada día se suman nuevas voces dentro de este movimiento social. Gente en las regiones, gente de las universidades, gente a favor y en contra del gobierno.

Esa riqueza de voces aporta diversidad y dinamismo, y reduce poco a poco el peso de las notas disonantes. Hago votos para que erradiquemos de nuestro vocabulario etiquetas que nos separen, nos dividan y nos resten fuerza, porque el enemigo no está dentro del movimiento, la lucha no es contra nosotras/os mismas/os. La lucha es contra los sectores conservadores, fundamentalistas religiosos y cualquiera que se oponga a la conquista de derechos del colectivo sexodiverso.

miércoles, 22 de junio de 2011

La peculiar manera de "celebrar el orgullo gay" en África: palos, prisión o muerte





Portada del diario ugandés que incitó el asesinato de un homosexual, David Kato





Ser homosexual en el África subsahariana es pertenecer a un grupo social que día a día es perseguido, apaleado, encerrado en cárceles o sentenciado a muerte. Los gay aquí tienen primero que sobrevivir y luego subsistir, un doble reto en el continente de la falta de oportunidades. Aquí no habrá mucha fiesta del orgullo gay, habrá como cada día una cabeza abierta, una lesbiana violada o una nueva ley que les señala como culpables de ser ellos mismos.




La semana pasada, la comunidad religiosa musulmana de Kenia pedía que se institucionalizará como ley la pena de muerte para los homosexuales. 'Es el único castigo que se contempla en el islam, como han hecho en China e Irán, para esa clase de gente', proclamaba un comunicado secundado por buena parte de la comunidad religiosa islámica del país. Calificaban los actos de los homosexuales de 'bestialidad'.



No es un caso aislado, es sólo un ejemplo más que se repite como un dominó en casi toda África. En marzo pasado el Parlamento ugandés debatía si habría pena de muerte para los homosexuales.



La presión internacional que se generó contra la medida hizo que el mismo día que se iba a debatir la propuesta desapareciera del orden del día (hay muchos millones de euros que se pueden perder de la cooperación). A principios de año, habían asesinado a un activista ugandés, David Kato, tras ser publicado en un periódico la foto de 100 activistas entre las que estaba la suya. En las últimas semanas vuelve a correr el rumor de que la ley volverá al Parlamento y será aprobada.



En Zimbabue, donde se está elaborando una nueva Constitución y donde hay un goteo constante de casos de palizas y muertes de homosexuales, su presidente Robert Mugabe dejó recientemente claras sus pretensiones sobre este asunto con una frase lapidaria: 'Las tendencias europeas y las cosas antinaturales que pasan por allí, donde transforman mujeres en hombres y hombre en mujeres, aquí no pasarán. Europa puede hacerse gay, pero que no interfiera en nuestros asuntos', dijo el mandatario ante una resolución de condena de la UE. No habrá ni una línea que reconozca un derecho a la comunidad de homosexuales y lesbianas en la nueva Constitución (si es que se termina algún día). En la práctica, seguirán siendo tratados como animales.



En Malawi fue sonado el caso en 2010 de una pareja gay que fue sentenciada a 14 años de prisión por celebrar una boda simbólica. El juez justificó así la sentencia con la que les condenaba a una muerte indirecta: 'Es un escarmiento y una forma de que otra gente no siga su horrible ejemplo'.





Prohibición taxativa



El revuelo causado no ha cambiado nada y la ley sigue prohibiendo la homosexualidad de forma taxativa. Un obispo anglicano que llegó en 2008 al país intento luchar por los derechos de los gay y lesbianas. Lo único que consiguió es marcharse tres años después sin modificar nada y enterrando antes a un miembro de su congregación ,asesinado durante las violentas protestas en contra de su labor.



Pero la lista de desagravios es tan infinita como países cuenten ustedes que hay en este continente. En el Congo se debatía en 2010 en el Parlamento si penalizar la homosexualidad. En Namibia la sodomía es ilegal. En Botsuana la práctica es ilegal y la ley dice textualmente prohibir entre otros ejemplos, 'tener contacto sexual contra el orden de la naturaleza' e iguala la homosexualidad a tener prácticas sexuales con animales. En Angola se rechazó la entrada del embajador nombrado por Israel por haberse declarado gay.



Todo esto es la homofobia legal o política, luego hay que sobrevivir a la social. En un país con una legislación tan abierta como la sudafricana, donde se reconocen los derechos de los homosexuales, es la sociedad la que le cuesta digerir la diferencia. Cada mes muere alguna lesbiana víctima de las conocidas como 'violaciones correctivas'. La última fallecida fue encontrada sin vida hace dos semanas. 'Aquí al menos el Gobierno hace algo para erradicarlo', reconocen en la ONG change.org ante las promesas hechas por el Ejecutivo de proteger a las lesbianas del goteo de atrocidades que sufren por querer a alguien de su mismo sexo. Es mucho si se compara con las condiciones de entorno.


Un senador de Nueva York consulta en Internet su posición frente al matrimonio homosexual





El senador republicano en Nueva York, Greg Ball




Un senador republicano en Nueva York, Greg Ball, ha decidido lanzar una consulta a través de sus perfiles en Twitter y Facebook para conocer la opinión de sus seguidores acerca del matrimonio homosexual, de cara a la próxima votación que tendrá lugar en el Parlamento de EEUU.




Ball es uno de los senadores republicanos que podría haber cambiar el peso de la balanza en el caso de la votación por el matrimonio homosexual. Ha afirmado que no tiene una opinión definitiva al respecto, por lo que decidió preguntar a sus más de 2.200 seguidores en Twitter y 3.400 amigos en Facebook.



Muchas son las opiniones que las usuarios de las redes sociales le han aportado, tanto a favor, como en contra. El senador afirmó que las convicciones religiosas eran uno de los elementos que le impedían tomar la decisión de manera rápida, por lo que los argumentos de los seguidores alegando que 'el matrimonio no es una cuestión religiosa, sino legal', podría ser una de sus bazas de cara a la votación que en la actualidad está bloqueada en el Senado estadounidense, según recoge ABC.





Apoyo necesario



El grupo promotor de la iniciativa de legalizar el matrimonio homosexual cuenta ya con el apoyo de 31 de los 62 senadores, uno menos de los necesarios para aprobar la medida, que fue presentada el pasado martes por el Gobernador Andrew Cuomo.



El Senado había rechazado un proyecto de ley similar en diciembre de 2009.



Algunos senadores que habían votado contra el proyecto dos años atrás estarían dispuestos ahora a apoyarlo, lo que hace que los demócratas estén muy cerca de contar con los votos necesarios para su aprobación.



Hasta el momento, cinco estados estadounidenses (Iowa, New Hampshire, Massachusetts, Connecticut y Vermont) y el Distrito de Columbia (Washington DC) permiten el casamiento entre personas del mismo sexo.


20 preguntas antes del sí, quiero


¿Con la libreta de matrimonio se solucionan todos los problemas? Está claro que no. Pero lo que no está nada claro es una importante serie de cuestiones, muchas de ellas relacionadas con la filiación y el estatus de los integrantes de las familias, que se desprenden de la Ley de Matrimonio Igualitario, pero que aún no han sido reglamentadas y muchas veces dependen del humor de un juez o una jueza. Responden a estas preguntas que cada vez van siendo más frecuentes, lxs abogadxs Emiliano Litardo de la CHA, Diego Morales del CELS, Flavia Massenzio y Analía Más de la Fagltb y Greta Pena, directora de Investigación de Prácticas Discriminatorias del Inadi.

1 ¿Cómo son considerados los hijos nacidos del matrimonio? ¿Son automáticamente hijos de la pareja?

–Sí. A partir de la promulgación de la ley el pasado 21 de julio, cuando ese niño nace debe ser anotado a nombre de las dos mamás casadas en el Registro Civil. La ley le reconoce la filiación a ambas mamás, es decir a “la madre biológica y su cónyuge”. Tal fue el caso de Vicente, el primer nene inscripto como hijo de dos mamás en el Registro Civil porteño el último 8 de septiembre.
2 Un niño biológico o adoptado por uno de los dos miembros de la pareja previamente al matrimonio, ¿cómo adquiere el reconocimiento del otro padre o madre?

–En las parejas heterosexuales es un paso natural del matrimonio, pero en las parejas homosexuales surge un conflicto: si bien la ley prevé el reconocimiento automático, no existe una reglamentación que acompañe esta situación. Para Diego Morales, abogado del CELS (Centro de Estudios Legales y Sociales), “no debería haber problema para que se escriba en la partida de nacimiento del niño el nombre de la madre o padre no biológico, pero el Registro Civil no está entendiendo qué tipo de familia creó la ley, es un tema de maduración. Lo que presume el Registro Civil es la posibilidad de que un padre biológico reclame sobre el o la niña en el futuro”. Ahora bien, como la ley lo contempla, esta situación se puede reclamar por vía judicial y un juez determinará (o no) que frente a la presentación de documentos que acrediten que el niño o la niña nació y creció en el seno de esa pareja, se inscriba al padre o madre no biológico en la documentación correspondiente. Pero, por el momento, es un tema de interpretación de la ley y de la puesta en práctica de esa ley sobre ciertos organismos que no tienen reglamentaciones claras. Por eso en estas opciones, ante la negativa de un Registro Civil, hay que recurrir a la Justicia (como se hacía en los casos en que el Registro Civil se negaba a casar a personas del mismo sexo, pero esta vez con una ley a favor).
3 Si me niegan el reconocimiento automático de un hijo preexistente al matrimonio, ¿es conveniente pedir la adopción simple?

–En este punto hay divergencias. Para Emiliano Litardo, activista del área jurídica de la CHA, hay que solicitar la adopción simple, que es el trámite que está contemplado en este tipo de casos (ya que la adopción plena implica cortar todo lazo con la familia biológica). “Primero se otorga una guarda que va de 6 meses a un año y luego de ese lapso se abre el juicio de adopción propiamente dicho. El juez o la jueza es quien va a tener la palabra final para otorgar la adopción, para lo cual va a tener en cuenta el interés superior del niño o la niña, antes que nada. De manera que la ley, si bien genera un cambio social importante, no socava prácticas discriminatorias o cierto imaginario social que circunda respecto de las familias homosexuales. Cada juez puede someter a la persona o pareja a los trámites que quiera”. El interés superior del niño contempla “el medio de vida y las cualidades morales y personales del o los adoptantes”, lo cual es una concepción muy abstracta que le permite al juzgador esconder prejuicios homo o lesbofóbicos. Para Morales, en cambio, es mejor esperar: “No soy partidario de pedir la adopción simple, que puede llevar años y no da los mismos derechos que una filiación plena. Si se pide la adopción, además, se somete a la familia a un proceso de invasión que incluye asistente social, testigos, etcétera. Como abogado, recomiendo que las parejas esperen a que el Estado reglamente o intentar una discusión por vía administrativa, reclamando al Registro Civil mediante un recurso la efectivización de ese derecho”. En ese caso, una pareja podría alegar que no se casó antes porque no podía, ya que la ley no existía, y no por eso iba a postergar su opción familiar. Además, ante la concreción de la adopción simple, se corre el riesgo de que el Registro Civil empiece a reconocer naturalmente a los hijos preexistentes y haya que pedir la nulidad de la adopción.

Desde la Falgbt, la abogada Analía Mas explica que “la adopción simple es una estrategia posible, pero se trata de una solución precaria. El Inadi ha señalado que la vía correcta es iniciar el pedido de reconocimiento en el Registro Civil correspondiente”.
4 En estas parejas, ¿qué pasa desde que se lleva a cabo el matrimonio hasta que se soluciona el reconocimiento del hijo o hija? ¿Existe una medida “mientras tanto”?

–En principio sí. Ya sea en el caso de pedir la adopción o de reclamar el reconocimiento se le puede pedir a un juez que reconozca a un hijo por medio de una medida cautelar, pero sólo frente a una situación urgente que requiera una protección rápida. Por ejemplo, una enfermedad o viajes de trabajo. “Sería complicado hacerlo sólo por prevención pero, en principio, se puede pedir esa medida que proteja el tiempo entre el matrimonio y la resolución del reconocimiento del niño o niña”, explica Morales.
5 ¿Los matrimonios del mismo sexo tendrán prioridad para adoptar e inscribirse en los registros?

–Ese fue un ardid de los legisladores católicos que señalaron que, como la ley de adopción dice que se requieren tres años de casados a menos que se demuestre la imposibilidad de procrear, las parejas gays podrían demostrar fácilmente que no pueden procrear juntas, lo que generaría una “discriminación inversa”. Pero en la práctica esto no sucederá. Según Mas, “la situación es diferente y se la contempla en tanto tal. Además, la norma sería imposible de aplicar actualmente y por los próximos años, porque no hay matrimonios del mismo sexo en la Argentina que lleven más de tres años de casados. Es por ello que no se espera que tengan ninguna prioridad en los registros. No se coincide con la realidad considerar que hay una imposibilidad de tener hijos en las parejas del mismo sexo porque no es que ambos sean infértiles”.
6 ¿Entonces las parejas del mismo sexo estarán en el mismo orden que las parejas heterosexuales fértiles?

–En teoría sí, pero en la práctica podría suceder que los jueces de familia demoren la entrega en guarda de los niños a matrimonios del mismo sexo en nombre “del bienestar del menor”. Según Mas, “hay provincias con registro cerrado y los jueces de familia, que suelen ser de carácter conservador, podrían beneficiar a los matrimonios heterosexuales, algo que no escribirían de modo explícito en una sentencia”. Aunque ya existe legalmente un registro único de adopción de alcance nacional, muchas provincias mantienen sus propios registros y en muchas de ellas la Iglesia mantiene una fuerte influencia sobre los jueces de familia y los funcionarios que los dirigen. Sin embargo, Mazzencio señala que, “en todo proceso de adopción, el juez escucha al equipo interdisciplinario que trabaja con él. Son decisiones que se toman con asesoramiento de auxiliares, así que no es fácil que un juez decida arbitrariamente ‘cajonear’ la adopción de un menor por parte de un matrimonio gay”.
7 Los parejas de hecho heterosexuales tienen derecho a una obra social compartida, reducción de impuestos y herencia. ¿Qué ocurre con las parejas homosexuales?

–Las uniones de hecho no están reguladas, pero sí hay jurisprudencia que reconoce en determinados casos ciertos derechos a la concubina o concubino, como el acceso a una pensión o la parte de una herencia, siempre y cuando se acredite que el concubino contribuyó económicamente a generarla. Ahí lo que hace la jurisprudencia no es reconocer el concubinato en igual posición que el matrimonio, sino que entiende una “sociedad de hecho”, una vez acreditado que el concubino colaboró económicamente en esa sociedad. La seguridad social y las pensiones sí se reconocen en las uniones de hecho, pero no se puede equiparar en términos jurídicos el matrimonio con el concubinato. “La Anses emitió una resolución en la que reconoció la pensión por viudez, mucho antes de que salga el matrimonio, acreditando un mínimo de 7 años de convivencia, testigos, propiedades compartidas, etc.”, explica Litardo. En el caso de la obra social, la ley que regula el sistema de obras sociales permite la incorporación de personas en situación de concubinato, indistintamente de la orientación sexual. “Sin embargo, hay ciertas obras sociales y ciertas empresas de medicina prepaga que no reconocen el status de concubino y hay que judicializar el asunto”, concluye.
8 ¿Se reconocerá el concubinato para heredar la pensión en caso de viudez?

–Eso dependerá de la caja a la que se aporte. A nivel nacional, la Anses ya lo reconoce desde agosto de 2008. Para ello es requisito demostrar la convivencia durante por lo menos cinco años –mediante facturas de servicios, manifestaciones de testigos u otros medios–, tal como ya sucede con las parejas convivientes heterosexuales.

Sin embargo, hay varias cajas provinciales o de distintos ámbitos profesionales que aún no reconocen a los concubinos. La libreta de matrimonio es la única garantía de cobertura legal en este sentido.
9 Una pareja homosexual casada, ¿puede obtener la deducción del impuesto a las Ganancias, tal como les corresponde a las parejas heterosexuales?

–El artículo 23 de la ley sobre ganancias no imponibles y cargas de familia establece cuáles son las deducciones personales para los individuos con relación a este impuesto. Allí se señala la deducción por cónyuge: se trata de un monto fijo de 12 mil pesos anual. Las condiciones son que la pareja resida en el país, que esté a cargo del empleado que pretende la deducción y que sus ingresos no superen los 10.800 anuales.

En principio, las parejas gays casadas también están amparadas por este beneficio. Pero ocurre que la normativa actual establece que es el hombre de la pareja quien debe declarar los bienes y rentas gananciales, y que sólo aquellas rentas o bienes derivados del trabajo personal de la mujer serán declarados por la misma, “amén de los bienes adquiridos con anterioridad al matrimonio o los que haya recibido por herencia, legado o donación”. Ante esta situación, ¿cuál de los cónyuges deberá declarar las rentas y los bienes gananciales en el impuesto sobre los Bienes Personales? Muchos especialistas han señalado la urgencia de una reforma impositiva antes del vencimiento del período fiscal actual, el 31 de diciembre de este año. Hasta entonces, rige una ambigüedad normativa.
10 ¿Los hijos pueden llevar los dos apellidos?

–En la ley está contemplado que figuren los dos. Pero a las madres de Vicente no les aceptaron esa posibilidad. En ese caso, ellas y todos a quienes les pase lo mismo tienen la posibilidad de ir directamente a la Cámara Civil, presentando un recurso de apelación frente al rechazo del Registro Civil. “El problema es que no se tanteó mucho a esos jueces en estos años, de hecho fueron jueces civiles de primera instancia los que frenaron fallos de la Justicia civil para matrimonios entre personas del mismo sexo antes de la ley, entonces no sabemos qué posición tienen”, resume Morales. Pero en la letra de la ley propiamente dicha, “en caso de que los adoptantes sean cónyuges de un mismo sexo, a pedido de éstos podrá el adoptado llevar el apellido compuesto del cónyuge del cual tuviera el primer apellido o agregar al primero de éste el primero del otro”.
11 ¿Qué pasa con la cláusula de fidelidad exigida por la ley de matrimonio civil?

La ley de matrimonio exige tres deberes: fidelidad, asistencia y cohabitación. El no cumplimiento de uno de estos tres deberes es causal de divorcio. “La esencia del matrimonio civil tiene criterios muy decimonónicos, inspirados en la doctrina católica. Hay obligaciones que hacen que el matrimonio sea hoy obsoleto, por eso la CHA presentó un proyecto de modificación del matrimonio, para que en vez de liberar no termine oprimiendo a la pareja, pero el piso de igualdad jurídica que generó la ley es la base para habilitar estas discusiones”, explica Litardo. En ese sentido, apunta que para acceder al matrimonio, la sociedad “exige” una relación de amor romántico, cuando bien podría tratarse de dos amigos o amigas que quieran casarse para reconocerle derechos al otro. “Muchas veces llegan dos amigos del interior que quieren unirse civilmente para que el otro pueda acceder a una obra social, o la posibilidad de que mi amigo entre al hospital si me pasa algo, pero eso no está previsto en el imaginario social, así que es un debate que recién empieza”, concluye. Para Morales, “la casuística se va a desarrollar en el tiempo. No sabemos si son los mismos los criterios que va a valorar un juez a la hora de divorciar una pareja homosexual o heterosexual. Va a entrar en juego qué pruebas presentan las parejas, cómo prueban que no era una práctica previa, etcétera”.
12 Si una pareja homosexual tiene un hijo por inseminación artificial, ¿qué papel juega ante la ley ese tercero que tiene un vínculo biológico con el niño?

–Ante un reclamo y un análisis, es verdad que ese tercero aparece como padre o madre, pero ahí entra en juego la identidad biológica del niño. Si no la supiera y el día de mañana tiene una sospecha y la quiere corroborar, tendría que tener ese derecho e incluso pedirle al padre biológico que lo reconozca. Puede haber un conflicto porque la patria potestad es de a dos, nunca de a tres. “Por nuestra historia, la Argentina es pionera en rastrear la identidad biológica. En el caso de una pareja que ‘invita’ a alguien a ser el padre, eso no está contemplado en la ley. En ese caso irían a competir dos situaciones de reconocimiento y habría que ver cómo se define, pero todavía no lo sabemos”, dice Morales. Si el chico quisiera que su padre legal sea el biológico y no la pareja de la madre, por ejemplo, podría desplazar en su partida a esa madre mediante una acción judicial. “Porque los lazos biológicos en general son priorizados, pero habría que ver cada caso en particular y cómo evoluciona esto”, concluye.
13 ¿Qué pasa en el caso de que una travesti se case y luego se realice la reasignación de sexo? ¿Se tiene que volver a casar?

–La reforma de la ley de matrimonio, a diferencia de muchas leyes del Código Civil, hace un corrimiento del sexo de las personas, es decir que borra el sexo como núcleo central. Ya sea que se case una travesti con un varón o con una mujer, a la ley no le interesa ni modifica. Lo que sí entra a jugar es la discusión del reconocimiento por género: si hay reasignación de sexo después del matrimonio, probablemente esa persona se haya tenido que casar con su nombre registral derivado del sexo biológico, pero si se readecua genitalmente y cambia su nombre por orden del juzgado, se comunica al Registro Civil el cambio de nombre y se da una nueva libreta de matrimonio, un nuevo DNI, etcétera. “A la ley no le importaba la orientación sexual, sino el sexo biológico: no podían casarse dos personas del mismo sexo, tengan la orientación sexual que quieran, y eso es interesante; en el matrimonio, el sexo biológico funcionaba como dispositivo de no acceso al derecho civil de contraer nupcias. Posreforma de la ley se genera este borramiento que, políticamente, es muy positivo y habilitador en otras discusiones”, explica Litardo.
14 Si una persona de nacionalidad argentina se casa con un extranjero, ¿esa persona obtendrá la ciudadanía?

–Sí. Se les ha otorgado la ciudadanía a cinco personas que se han casado con argentinos de su mismo sexo. Según Flavia Massenzio, abogada de la Fagltb, “esto también es válido para personas casadas legalmente en otros países que cuentan con una ley de matrimonio igualitario, como Canadá o España, a quienes se les debe reconocer la ciudadanía argentina para su cónyuge”.
15 ¿Cómo es el régimen de tenencia y visitas para los hijos menores de cinco años en caso de divorcio?

–El artículo 4 de la ley dice que “los hijos menores de cinco años quedarán a cargo de la madre, salvo causas graves que afecten el interés del menor. En casos de matrimonios constituidos por ambos cónyuges del mismo sexo, a falta de acuerdo, el juez resolverá teniendo en cuenta el interés del menor”. Esto quiere decir que, en primer lugar, serán las partes quienes deberán ponerse de acuerdo con cuál de sus madres o padres va a vivir el niño. En caso de disputa, es el juez quien deberá decidirlo, con el amplio margen que le da la ley para su arbitrio. Para Analía Mas, “la ley da como primera opción que se pongan de acuerdo las partes, pero si los chicos pasan a ser el botín de guerra del divorcio, es el juez quien decide. Igual, la patria potestad está compartida entre ambas madres o padres, así que no se generarán mayores problemas o muy diferentes de los que se generan en los divorcios heterosexuales”.
16 ¿Sigue siendo válida la figura de la nuera viuda sin hijos para heredar?

–El Código Civil argentino prevé la figura de la “nuera viuda sin hijos”, que ampara a “la viuda que permaneciere en ese estado y no tuviere hijos, o que si los tuvo no sobrevivieren en el momento en que se abrió la sucesión de los suegros. Ella tiene derecho a heredar la cuarta parte de los bienes que le hubieren correspondido a su esposo en dichas sucesiones”. La nuera viuda que hereda es la que no se volvió a casar después de enviudar, no estaba divorciada por su culpa ni había perdido el derecho hereditario con respecto a su marido. Además, la “viuda nuera sin hijos” no debe tener hijos porque, de tenerlos, “ellos heredan en representación del padre”. En el caso de dos mujeres casadas siempre va a haber una nuera y en el caso de dos hombres, nunca. Por el momento, el yerno viudo no accede a esa parte de la herencia, aunque existe jurisprudencia que ha beneficiado a yernos viudos sin hijos y se espera que se siga avanzando en ese sentido con los matrimonios entre hombres, hasta que la ley sea modificada.
17 ¿Cómo van a funcionar las licencias por paternidad y maternidad?

–Actualmente rige el artículo 177 de la ley de contrato de trabajo, que dice que las empleadas embarazadas tienen derecho a tomar una licencia de 90 días con goce de sueldo, más excedencia. Para los hombres rige desde junio una licencia por paternidad que sólo comprende cinco días, tanto para padres biológicos como adoptivos.

En el caso de un matrimonio de dos mujeres, la embarazada tiene el derecho de licencia de 90 días y la madre no biológica, de cinco días. En el caso de una pareja de dos hombres, uno de los dos puede tomarse el beneficio de los tres meses y el otro el de los cinco días.
18 ¿Y cuál sería la licencia que le corresponde a la co-madre o co-padre?

–Según Greta Pena, del Inadi: “Se espera que pueda gozar del derecho de cinco días, incluso en el caso de adopción, tal como establece la última reforma a la ley. Aunque la ley no lo diga explícitamente, si en vez de un papá hay otra mamá, se debe resolver por analogía, como modo de interpretar la ley”.
19 Los libros del Registro Civil siguen diciendo “esposo y esposa”. ¿Esto cuándo va a cambiar?

–Se suponía que iban a ser modificados en el plazo que transcurrió desde la aprobación de la ley en el Congreso hasta su promulgación por parte de la Presidenta. Sin embargo, depende de cada municipio y provincia. Lo mismo para los formularios y demás papeles administrativos. Muchas oficinas públicas y registros prometen modificar estas cuestiones en cuanto se les termine el stock de los viejos libros. Desde la agrupación 100% Diversidad y Derechos ya le exigieron al secretario del Interior, Marcio Barbosa, que inste a los registros civiles de todo el país a adaptar este tipo de cuestiones a la nueva ley, así como capacitar a los empleados en un trato “amigable” con la comunidad gay.
20 ¿Los análisis prenupciales son obligatorios?

–Sí, es igual que para los heterosexuales, pero no se incluye el test de HIV. Se trata de un examen de tipo VDLR que detecta la sífilis. El test de HIV tampoco se realiza a las parejas heterosexuales. Por ley no se puede realizar este análisis sin el consentimiento de la persona. l

Flor Monfort y Federico Sierra. www.pagina12.com.ar República Argentina

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